Resumen | |
[J] | Contratos temporales encadenados. Empresas de trabajo temporal. Una necesidad que persiste dos años es una necesidad permanente.(publicado en Actualidad Diaria 891 el 12 de diciembre de 2006) |
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Un trabajor es despedido a la finalización de un contrato temporal. Con anterioridad había tenido otros contratos temporales encadenados por circuntancias de la producción por una empresa de trabajo temporal para el misma actividad y en la misma empresa de acogida. | |
Información relacionada | |
[J] Despido. Contratos temporales encadenados. Cuantía de la indemnización. Descuento de las indemnizaciones por finalización de los contratos. | |
[J] Los trabajadores temporales no tienen derecho a percibir el complemento salarial por antigüedad si entre los sucesivos contratos median periodos de inactividad superiores a 20 días. | |
[J] Despido improcedente de un trabajador con sucesivos contratos temporales. Se debe tener en cuenta para el cálculo de la indemnización la antigüedad del primero de los contratos. | |
[J] Contratos reiterados durante varios años por la Agencia Tributaria para las campañas de declaración del IRPF. Se trata de trabajo fijo discontinuo. | |
[J] Recurso de casación para unificación de doctrina. Cese de indefinido-no fijo por "funcionarización" de su plaza con nombramiento como funcionario interino como consecuencia de lo dispuesto en la Ley de la Función Pública de Castilla-La Mancha. | |
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